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	<title>Comentarios para Guillermo Navarro</title>
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		<title>Comentario en Un post mas sobre Taringa … y van… por &#8220;Cerraron Megaupload ¿El principio del fin?&#8221; por Guillermo Navarro &#171;</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/05/un-post-mas-sobre-taringa-%e2%80%a6-y-van%e2%80%a6/#comment-189</link>
		<dc:creator>&#8220;Cerraron Megaupload ¿El principio del fin?&#8221; por Guillermo Navarro &#171;</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Jan 2012 13:43:56 +0000</pubDate>
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		<description>[...] abril de 2011 y las restantes de fechas 7 de octubre de 2011.  Al respecto hemos señalado en un post sobre el tema y en referencia a la aplicación del art. 72 inc. a de la Ley “[…] [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] abril de 2011 y las restantes de fechas 7 de octubre de 2011.  Al respecto hemos señalado en un post sobre el tema y en referencia a la aplicación del art. 72 inc. a de la Ley “[…] [...]</p>
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		<title>Comentario en ¿CUEVANA EL ENEMIGO? ¿TELEFE EL ENEMIGO? por Week-Log.415</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/11/%c2%bfcuevana-el-enemigo-%c2%bftelefe-el-enemigo/#comment-106</link>
		<dc:creator>Week-Log.415</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 03 Dec 2011 17:00:36 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Guillermo Navarro ¿CUEVANA EL ENEMIGO? ¿TELEFE EL ENEMIGO? [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Guillermo Navarro ¿CUEVANA EL ENEMIGO? ¿TELEFE EL ENEMIGO? [...]</p>
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	<item>
		<title>Comentario en ¿CUEVANA EL ENEMIGO? ¿TELEFE EL ENEMIGO? por Angel "Java" Lopez</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/11/%c2%bfcuevana-el-enemigo-%c2%bftelefe-el-enemigo/#comment-96</link>
		<dc:creator>Angel "Java" Lopez</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Nov 2011 14:37:17 +0000</pubDate>
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		<description>Interesante.. Sigo pensando que hay que replantear que queremos, como miembros de una sociedad, para los autores. Y que ellos decidan como quieren distribuir sus obras. Si un autor/director/empresa decide distribuir su obra en cines, puede tranquilamente pedir el retiro de otras copias, formas de distribucion. Lo mismo para musica, libros y demas obras.

Primero el autor

http://ajlopez.zoomblog.com/archivo/2011/05/12/primero-el-autor.html

Coincido con el comentario de arriba: no apelar a &quot;distribucion de la cultura&quot; o &quot;del conocimiento&quot;. No por lo menos, hasta tratar el tema que planteo: el autor (individual, grupal, etc)

Tampoco habilita la tecnologia a SALTEARSE al autor. No es un tema de distribucion, o modelos de negocios. Los modelos de negocios en internet YA estan: creo que Spotify es un caso.

He visto tambien que se dice por ahi: &quot;lo malo de Cuevana es que lucran&quot;, como diciendo, si lo hacen por la camiseta &quot;esta bien&quot;. No es el principal punto a discutir. De nuevo: el tema a discutir es que queremos para los autores, creadores, etc.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Interesante.. Sigo pensando que hay que replantear que queremos, como miembros de una sociedad, para los autores. Y que ellos decidan como quieren distribuir sus obras. Si un autor/director/empresa decide distribuir su obra en cines, puede tranquilamente pedir el retiro de otras copias, formas de distribucion. Lo mismo para musica, libros y demas obras.</p>
<p>Primero el autor</p>
<p><a href="http://ajlopez.zoomblog.com/archivo/2011/05/12/primero-el-autor.html" rel="nofollow">http://ajlopez.zoomblog.com/archivo/2011/05/12/primero-el-autor.html</a></p>
<p>Coincido con el comentario de arriba: no apelar a &#8220;distribucion de la cultura&#8221; o &#8220;del conocimiento&#8221;. No por lo menos, hasta tratar el tema que planteo: el autor (individual, grupal, etc)</p>
<p>Tampoco habilita la tecnologia a SALTEARSE al autor. No es un tema de distribucion, o modelos de negocios. Los modelos de negocios en internet YA estan: creo que Spotify es un caso.</p>
<p>He visto tambien que se dice por ahi: &#8220;lo malo de Cuevana es que lucran&#8221;, como diciendo, si lo hacen por la camiseta &#8220;esta bien&#8221;. No es el principal punto a discutir. De nuevo: el tema a discutir es que queremos para los autores, creadores, etc.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en ¿CUEVANA EL ENEMIGO? ¿TELEFE EL ENEMIGO? por Emiliano díaz</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/11/%c2%bfcuevana-el-enemigo-%c2%bftelefe-el-enemigo/#comment-91</link>
		<dc:creator>Emiliano díaz</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Nov 2011 22:59:57 +0000</pubDate>
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		<description>El cambio de paradigma de negocios que ha generado internet repercute en toda las estructuras económicas de prestación de servicios e intercambio de bienes y tecnología. Coincido contigo respecto de que existe una rebelión social que ha desbordado a las viejas estructuras de comercialización de contenidos protegidos por derechos de autor. Pero no es una revolución ordinaria. No se busca una síntesis superadora de los antagonismos. Hay más de una generación que ha incorporado una idiosincracia insoluble con los resabios del viejo sistema. Por eso creo que existe un enfoque incorrecto respecto a que el problema pueda ser solucionado por el derecho, por normas más proteccionistas o sanciones más severas. No se pueden aplicar soluciones pensadas para cuestiones obsoletas a una coyuntura tan veloz y versátil cuya expansión es exponencial. Con esto quiero decir que la solución tiene que provenir de quienes generan los contenidos. Muy a pesar de nuestra profesión, en lugar de incurrir en gastos judiciales y de consultoría, la industria de la música, del cine y de la televisión tiene que reinventarse. Y como bien lo señalas, parece que el presupuesto que han volcado a esa tarea es demasiado exiguo (grandes corporaciones no logran ofrecer un producto de la calidad que el que brinda un emprendimiento artesanal). Por eso chocar contra esa enorme ola de cambio no tiene mucho sentido. Mientras la Justicia discute Cuevana o Taringa, decenas o cientos de websites iguales o mejores van floreciendo a lo largo y a lo ancho de la web. Incluso ya se están pensando opciones superadoras que, seguramente, veremos consolidadas cuando estos dos precedentes se terminen de fallar. El negocio hoy pasa por el volúmen. La protección de la propiedad intelectual (patrimonialmente hablando) está en manos de la relación calidad / precio que establezca el dueño del contenido. No dudo que entre un sitio pago que ofrezca un precio razonable por un servicio óptimo (con contenido adicional que ellos sólo pueden brindar) y uno gratuito que ofrezca un servicio aceptable, el usuario promedio se va a volcar por el primero. Existen muchos ejemplos, principalmente el camino trazado por Apple. Finalmente querido amigo, el derecho de acceso a la cultura es un gran cuento para justificar la piratería. De aplicarse ese criterio fuera del ciberespacio, cualquiera tendría derecho a ir a escruchar El Ateneo o Musimundo. Abrazo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El cambio de paradigma de negocios que ha generado internet repercute en toda las estructuras económicas de prestación de servicios e intercambio de bienes y tecnología. Coincido contigo respecto de que existe una rebelión social que ha desbordado a las viejas estructuras de comercialización de contenidos protegidos por derechos de autor. Pero no es una revolución ordinaria. No se busca una síntesis superadora de los antagonismos. Hay más de una generación que ha incorporado una idiosincracia insoluble con los resabios del viejo sistema. Por eso creo que existe un enfoque incorrecto respecto a que el problema pueda ser solucionado por el derecho, por normas más proteccionistas o sanciones más severas. No se pueden aplicar soluciones pensadas para cuestiones obsoletas a una coyuntura tan veloz y versátil cuya expansión es exponencial. Con esto quiero decir que la solución tiene que provenir de quienes generan los contenidos. Muy a pesar de nuestra profesión, en lugar de incurrir en gastos judiciales y de consultoría, la industria de la música, del cine y de la televisión tiene que reinventarse. Y como bien lo señalas, parece que el presupuesto que han volcado a esa tarea es demasiado exiguo (grandes corporaciones no logran ofrecer un producto de la calidad que el que brinda un emprendimiento artesanal). Por eso chocar contra esa enorme ola de cambio no tiene mucho sentido. Mientras la Justicia discute Cuevana o Taringa, decenas o cientos de websites iguales o mejores van floreciendo a lo largo y a lo ancho de la web. Incluso ya se están pensando opciones superadoras que, seguramente, veremos consolidadas cuando estos dos precedentes se terminen de fallar. El negocio hoy pasa por el volúmen. La protección de la propiedad intelectual (patrimonialmente hablando) está en manos de la relación calidad / precio que establezca el dueño del contenido. No dudo que entre un sitio pago que ofrezca un precio razonable por un servicio óptimo (con contenido adicional que ellos sólo pueden brindar) y uno gratuito que ofrezca un servicio aceptable, el usuario promedio se va a volcar por el primero. Existen muchos ejemplos, principalmente el camino trazado por Apple. Finalmente querido amigo, el derecho de acceso a la cultura es un gran cuento para justificar la piratería. De aplicarse ese criterio fuera del ciberespacio, cualquiera tendría derecho a ir a escruchar El Ateneo o Musimundo. Abrazo.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en ¿Es posible el registro de obras en Internet? Validez de Safecreative en Argentina por guillermonavarro</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/05/%c2%bfes-posible-el-registro-de-obras-en-internet-validez-de-safecreative-en-argentina/#comment-72</link>
		<dc:creator>guillermonavarro</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Nov 2011 21:02:55 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.guillermonavarro.com.ar/?p=152#comment-72</guid>
		<description>Sergio: Muchas Gracias por comentar en el Blog. Espero haya sido de utilidad. Te comento que el derecho de autor protege la expresión de las ideas, no las ideas
en si mismo. Por lo cual pueden existir infinidad de obras y donde el registro no es la parte mas importante. El derecho de autor nace con la creación. La protección es a los efectos probatorios, para generar una prueba para presentar en caso de un conflicto. Ahora bien, en este caso lo que queda alojado en el servidor es una copia de tu obra, con eso podes requerirlo en caso de conflicto y procede como explico en el blog. Cualquier duda estoy a tu disposición.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sergio: Muchas Gracias por comentar en el Blog. Espero haya sido de utilidad. Te comento que el derecho de autor protege la expresión de las ideas, no las ideas<br />
en si mismo. Por lo cual pueden existir infinidad de obras y donde el registro no es la parte mas importante. El derecho de autor nace con la creación. La protección es a los efectos probatorios, para generar una prueba para presentar en caso de un conflicto. Ahora bien, en este caso lo que queda alojado en el servidor es una copia de tu obra, con eso podes requerirlo en caso de conflicto y procede como explico en el blog. Cualquier duda estoy a tu disposición.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en ¿Es posible el registro de obras en Internet? Validez de Safecreative en Argentina por sergio</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/05/%c2%bfes-posible-el-registro-de-obras-en-internet-validez-de-safecreative-en-argentina/#comment-71</link>
		<dc:creator>sergio</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Nov 2011 16:50:16 +0000</pubDate>
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		<description>Esta bien este tipo de registro,es instantaneo y todo lo que se quiera agregar,pero lo que te envian es un simple certificado con una codigo de identificación que no es del todo convincente,de hecho hasta hoy ningun tipo de registro es del todo convincente,lo correcto seria enviar junto al certificado la copia fiel de lo que registró,o sea la copia del archivo junto con el certificado,por que? es muy simple,yo empresa de registro o quien fuere,le cambio el titulo A LA obra  y la registro con otro titulo  y el certificado no me sirve de nada,entonces lo correcto es que enviaran junto al certificado la copia de lo que se registró,o sea LA COPIA FIEL DEL ORIGINAL.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Esta bien este tipo de registro,es instantaneo y todo lo que se quiera agregar,pero lo que te envian es un simple certificado con una codigo de identificación que no es del todo convincente,de hecho hasta hoy ningun tipo de registro es del todo convincente,lo correcto seria enviar junto al certificado la copia fiel de lo que registró,o sea la copia del archivo junto con el certificado,por que? es muy simple,yo empresa de registro o quien fuere,le cambio el titulo A LA obra  y la registro con otro titulo  y el certificado no me sirve de nada,entonces lo correcto es que enviaran junto al certificado la copia de lo que se registró,o sea LA COPIA FIEL DEL ORIGINAL.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Piratas eran los de antes por Francisco</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/08/piratas-eran-los-de-antes/#comment-69</link>
		<dc:creator>Francisco</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Oct 2011 23:30:33 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.guillermonavarro.com.ar/?p=239#comment-69</guid>
		<description>Excelente artículo. Me parece que la solución puede pasar por el derecho de imagen.
De hecho, en EEUU, ya ocurrieron varios casos del tipo. Los dos famosos fueron comerciales cuyos productores quisieron contratar a Bette Davis y a Tom Waits, respectivamente. Ante la negativa, contrataron imitadores.
Estos artistas demandaron con fundamento en sus &quot;publicity rights&quot; que es una categoría inexistente en Argentina pero que es una mezcla entre derechos de propiedad y de imagen.
Me gustó mucho tu blog. Saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Excelente artículo. Me parece que la solución puede pasar por el derecho de imagen.<br />
De hecho, en EEUU, ya ocurrieron varios casos del tipo. Los dos famosos fueron comerciales cuyos productores quisieron contratar a Bette Davis y a Tom Waits, respectivamente. Ante la negativa, contrataron imitadores.<br />
Estos artistas demandaron con fundamento en sus &#8220;publicity rights&#8221; que es una categoría inexistente en Argentina pero que es una mezcla entre derechos de propiedad y de imagen.<br />
Me gustó mucho tu blog. Saludos.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Personajes, apariencia, voz y plagio por Iván Leonel Dawidowski</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/08/personajes-apariencia-voz-y-plagio/#comment-68</link>
		<dc:creator>Iván Leonel Dawidowski</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Oct 2011 19:29:52 +0000</pubDate>
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		<description>Me gustó leer este post, sirve para aclarar algunas dudas y dar lugar a dudas nuevas sobre lo que conoce popularmente a la hora de hablar de plagio, copia, etcétera. En ocasiones, los que no estamos en el ámbito tendemos a confundir de buena fe estos conceptos, cosa que este post ayuda a evitar.

Saludos

Iván</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me gustó leer este post, sirve para aclarar algunas dudas y dar lugar a dudas nuevas sobre lo que conoce popularmente a la hora de hablar de plagio, copia, etcétera. En ocasiones, los que no estamos en el ámbito tendemos a confundir de buena fe estos conceptos, cosa que este post ayuda a evitar.</p>
<p>Saludos</p>
<p>Iván</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Ese no era el botón que había que presionar por Caso El Server &#8211; Ese no era el botón que había que presionar &#124; INFORMATICA LEGAL - Derecho Informático, Derecho e Internet y de los Emprendimientos Web</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/06/ese-no-era-el-boton-que-habia-que-presionar/#comment-2</link>
		<dc:creator>Caso El Server &#8211; Ese no era el botón que había que presionar &#124; INFORMATICA LEGAL - Derecho Informático, Derecho e Internet y de los Emprendimientos Web</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jul 2011 19:37:30 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Guillermo Navarro   Comparte este [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Guillermo Navarro   Comparte este [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Cinco conceptos y una reflexion para saber del canon por @diegohc</title>
		<link>http://www.guillermonavarro.com.ar/2011/07/cinco-conceptos-y-una-reflexion/#comment-1</link>
		<dc:creator>@diegohc</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Jul 2011 17:27:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.guillermonavarro.com.ar/?p=114#comment-1</guid>
		<description>Claro y concizo, como debería explicarse este tipo de cosas a gente cono yo que no tocamos ni de oido en lo que tiene que ver con leyes.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Claro y concizo, como debería explicarse este tipo de cosas a gente cono yo que no tocamos ni de oido en lo que tiene que ver con leyes.</p>
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